Vizcarra ha pedido Cuestión de Confianza para el gabinete. (Foto: Andina)

Vizcarra ha pedido Cuestión de Confianza para el gabinete. (Foto: Andina)

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Lima. Hoy, el presidente de la República del Perú , Martín Vizcarra, y el actual presidente del Consejo de Ministros, Salvador del Solar, dieron un pronunciamiento sobre la Cuestión de Confianza, acompañado de los ministros de Estado.

Vizcarra ofreció un Mensaje a la Nación a las 18:00 horas, a tan solo un día de que el Congreso decidiera rechazar la destitución, inhabilitación y suspensión del ex fiscal de la Nación, Pedro Chávarry. Este hecho ocurre también, cuando el Ejecutivo presiona al Legislativo para lograr una aprobación de la reforma política.

Mientras que nosotros estamos aquí trabajando vemos que el Congreso de la República sigue blindando a personas que todo el mundo quiere que tenga un tratamiento justo”, acotó el mandatario.

▷ ¿Qué es la cuestión de Confianza?

Según el artículo 86 del Reglamento del Congreso de la República, la cuestión de confianza es un recurso constitucional que se plantea por iniciativa ministerial y solo puede ser presentada por el Presidente del Consejo de Ministros en representación de cualquiera de los ministros o demás gabinetes.

▷ ¿Cuándo se presenta una cuestión de confianza?

La cuestión de confianza tiene un matiz político: el Presidente del Consejo de Ministros lo pide al Congreso para saber si sigue teniendo su confianza y continuar gobernando.

Si la Cuestión de confianza es rechazada por el Congreso, se daría una “crisis total del Gabinete Ministerial” y el Presidente del Consejo de Ministros presentará su renuncia ante el Presidente de la República.

Luego, se presenta un nuevo Gabinete Ministerial el cuál debe someterse a una Cuestión de confianza. Si se rechaza nuevamente, el Gobierno puede disolver el Congreso y convocar a nuevas elecciones legislativas.

▷ ¿Qué sucederá si no se aprueba la cuestión de confianza?

De no recibir una respuesta positiva, según el artículo 134 de la Constitución, este dispone que el presidente de la República está facultado para disolver el Congreso si se “ha censurado o negado su confianza a dos Consejos de Ministros”.