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Con el fin de combatir el narcotráfico, el Gobierno de Uruguay publicó el decreto regulador que permitirá dar comienzo a las actividades de cultivo, cosecha y comercialización del cannabis no psicoactivo (cáñamo) para su uso industrial.
El presidente José Mujica fue el encargado de firmar el decreto que brinda un paso más en la implementación de la ley aprobada a finales del 2013 que legalizó la compraventa y el cultivo de la marihuana.
Fue en agosto de este año que el Gobierno habilitó el cultivo libre y legal de hasta seis plantas de cannabis y cosechar hasta 480 gramos de marihuana al año para consumo personal.
¿CÓMO SE CONTROLARÁ ESTE PROCEDIMIENTO?
El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca será la autoridad encargada de controlar la “plantación, cultivo, cosecha, industrialización, comercialización, importación y exportación de cannabis no psicoactivo y sus semillas”.
Quienes obtengan la licencia para desarrollar estas actividades deberán inscribirse en el Registro del Cannabis a cargo del Instituto de Regulación y Control del Cannabis (IRCCA).
Aquellas personas autorizadas por el ministerio para producir semillas de cannabis no psicoactivo deberán figurar en el Registro General de Semilleristas del Instituto Nacional de Semillas (INASE).
En su artículo 1, el nuevo reglamento define como cannabis no psicoactivo (cáñamo) a las plantas que no contengan más de un 1% de tetrahidrocannabinol (THC), mientras que las semillas a utilizar no podrán superar el 0,5% de THC.