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Una ley que endurece los requisitos para que los delincuentes involucrados en el crimen organizado accedan a beneficios penitenciarios fue publicada hoy en las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Se trata de la Ley 30262, que modifica el Código de Ejecución Penal (artículos 46 y 47), la Ley contra el Crimen Organizado (artículo 24) y la Ley contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes (se deroga el literal a del artículo 8).
Según explicó el abogado penalista Luis Lamas Puccio, la norma va dirigida principalmente a quienes son acusados de homicidio calificado, hurto agravado, robo agravado, trata de personas, delito contra el patrimonio, secuestro, extorsión, entre otros ilícitos tipificados en la Ley del Crimen Organizado.
El beneficio penitenciario parte, normalmente, de la premisa de que dos días de trabajo o estudio en prisión equivalen a un día de libertad. Sin embargo, según la reciente modificación de la ley, la redención de la pena será a razón de un día de condena por cinco de labor o estudios efectivos.
“Las personas que han cometido los delitos que conforman el crimen organizado, aun cuando estén en condición de primarios, deberán trabajar ahora cinco días para hacer el cómputo de un día de libertad”, indicó Lamas a la Agencia Andina.
En opinión de Lamas, la desventaja de la medida es que se sigue diferenciando a los delincuentes comunes de los que cometen crimen organizado con el argumento de que estos últimos son más peligrosos para la sociedad y, por tanto, no hay que resocializarlos y no deben salir en libertad, lo cual genera el hacinamiento de gente en las cárceles.
“Es lo que se conoce como el derecho penal del enemigo; hay un gran debate mundial sobre este tema, porque no solo ocurre en el Perú. Todos, incluso los delincuentes, son iguales ante la ley, y por eso no se les debe diferenciar ya que todos pueden resocializarse en algún momento”, subrayó.
Se considera crimen organizado cuando en una banda criminal participan tres personas o más, todas las cuales responden a una jerarquía en su constitución.
(Fuente: Andina )