(Foto: USI)

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El Gobierno publicó hoy el decreto legislativo que permite la localización de delincuentes por medio de sus teléfonos móviles y aparatos tecnológicos, con el objetivo de fortalecer la seguridad ciudadana y la lucha contra el crimen organizado.

De acuerdo al Decreto Legislativo Nº 1182, publicado en el Diario Oficial El Peruano, la Policía, a través de su unidad especializada en investigación, podrá hacer uso de una unidad especializada en el acceso de datos de geolocalización o localización de teléfonos móviles y dispositivos electrónicos para el rastreo, detección y captura de delincuentes.

De acuerdo a la norma, aprobada en el marco de las facultades delegadas por el Congreso en materia de seguridad ciudadana, el uso de esta alternativa solo puede establecerse en casos específicos, como delitos en flagrancia, cuando el delito sancionado tenga pena superior a los cuatro años de privación de libertad o cuando el acceso a este tipo de información sea necesario para el desarrollo de la investigación policial.

Para esto, los efectivos encargados de la investigación deberán informar al Ministerio Público y hacer el requerimiento para desarrollar esta labor, luego de lo cual la unidad especializada envía el pedido a los concesionarios de los servicios públicos de telecomunicaciones que están obligados a brindar esta información los 365 días del año.

Una vez el Ministerio Público solicite al juez la convalidación de la medida, el representante del Poder Judicial establecerá un plazo de un máximo de 60 días para el uso de la geolocalización en el proceso de investigación, tiempo puede prorrogarse por periodos sucesivos previo al sustento fiscal.

Según la información publicada, este decreto solo comprende la geolocalización de los aparatos tecnológicos de las personas que incurran en actos delictivos, más no implican intervención de las telecomunicaciones.

Asimismo, también estipula que en caso de un uso indebido de este tipo de información los efectivos estarán afectos a responsabilidades administrativas, civiles o penales según corresponda.

Para la implementación de esta medida, la Policía tendrá un plazo treinta días para que en coordinación con los concesionarios de los servicios públicos de telecomunicaciones y con el apoyo técnico de la Dirección Ejecutiva de Tecnología de Información y Comunicaciones de la Policía Nacional del Perú, elaboren los protocolos para mejorar el acceso a datos de localización o geolocalización.

El decreto legislativo lleva la rúbrica del Presidente Ollanta Humala Tasso; el jefe del Gabinete ministerial, Pedro Cateriano; el ministro del Interior, José Luis Pérez Guadalupe; y el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Gustavo Adrianzén Olaya.

(Fuente: Andina)