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El Tribunal Supremo alemán consideró este martes que Argentina no puede rechazar las reclamaciones de los acreedores privados que compraron bonos del país y que no se sumaron al proceso de reestructuración de la deuda puesto en marcha en 2002 en el marco de la crisis financiera.
En una resolución dada a conocer hoy, el Supremo desestima el recurso presentado por el Estado argentino contra varias sentencias previas de juzgados alemanes, que habían dado la razón a dos acreedores particulares que solicitaban el pago de los intereses de sus bonos.
La corte rechazó los argumentos de Argentina al entender que no existe ningún precepto en el derecho internacional que permita a un país incumplir con sus obligaciones de pago frente a acreedores privados por el hecho de haber declarado el estado de emergencia debido a su insolvencia.
Tampoco acepta que se rechace el pago con el argumento de que se logró un acuerdo para la reestructuración de su deuda con la mayoría de los acreedores, ya que los demandantes no se sumaron al pacto.
El Supremo germano se remite a una sentencia emitida en 2007 por el Tribunal Constitucional alemán, que consideró que el estado de emergencia de Argentina “no justifica la negativa a pagar a los acreedores privados”.
En esta ocasión el asunto ha llegado a manos del Supremo al rechazar Argentina sendas sentencias emitidas el año pasado por la Audiencia Provincial de Fráncfort, que dio la razón a dos acreedores privados.
Ambos reclaman el cobro de intereses impagados por los bonos argentinos que adquirieron en 1996 y 1997 por importe de alrededor de 5.100 y 3.000 euros, respectivamente.
(Fuente: EFE)