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Con la aprobación de la Ley Universitaria en el Congreso de la República, hay nuevos requisitos para convertirse en docente en universidades públicas y privadas, en tanto que los objetivos de la norma es mejorar la calidad educativa.
Mínimo grado de maestro
La nueva disposición señala que para ejercer la docencia es necesario contar con el grado de maestro para la formación del nivel de pregrado, mientras que para enseñar en las maestrías o programas de especialización, se requiere contar con el grado de maestro o de doctor.
Asimismo, para ejercer la docencia en doctorados es obligatorio contar con el grado de doctor.
Será función de la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria (Suneu), entidad que reemplaza a la Asamblea Nacional de Rectores (ANR), verificar el cumplimiento de estas disposiciones.
ENLACE: Ley Universitaria: ¿Cómo afecta a los estudiantes?
Docentes a tiempo completo
La nueva Ley Universitaria obliga a que los centros de estudios tengan como mínimo un 25% de docentes a tiempo completo, siendo el objetivo mejorar la investigación científica y la producción editorial. De igual modo, que puedan asesorar a los estudiantes próximos a egresar.
Asimismo, el 30% de los docentes deben tener el grado de doctor en la especialidad en toda universidad.
La nueva ley señala que la admisión a la carrera docente se hace por concurso público de méritos y tiene como base fundamental la calidad intelectual.
Para ser profesor principal, asociado y auxiliar
“Para ser profesor principal se requiere título profesional, grado de doctor, el mismo que debe haber sido obtenido con estudios presenciales, y haber sido nombrado antes como profesor asociado”, precisa la norma.
Sin embargo, señala que por excepción “podrán concursar sin haber sido docente asociado a esta categoría, profesionales con reconocida labor de investigación científica y trayectoria académica, con más de 15 años de ejercicio profesional”.
Asimismo, se indica que para ser profesor asociado se requiere el título profesional, grado de maestro y haber sido nombrado previamente como profesor auxiliar. La excepción en este caso, es para los profesionales con reconocida labor científica y trayectoria académica, con más de 10 de ejercicio profesional.
Para tentar ser profesor auxiliar se requiere el título profesional, grado de maestro y tener como mínimo cinco años en el ejercicio profesional.
Docente investigador
La Ley Universitaria indica que el docente investigador es que aquel que se dedica a la generación de conocimientos a través de la investigación.
“Su carga lectiva será de un curso por año. Tiene una bonificación especial del 50% de sus haberes totales. Está sujeto al régimen especial que la universidad determine en cada caso”, manifiesta la ley.
El vicerrectorado de Investigación deberá evaluar cada dos años la producción de los docentes, así como su permanencia como investigador, en el marco de los estándares del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (Sinacyt).
Los docentes tienen hasta cinco años, a partir de la entrada en vigencia de la ley, para adecuarse a la norma.