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La Ley del Feminicidio, que reforma el Código Penal y el Código de Ejecución Penal, buscará prevenir, sancionar y erradicar los actos contra la vida de la mujer, afirmó hoy la congresista Ana María Solórzano.
La legisladora destacó a Andina que la propuesta aprobada incorpora el artículo 108-A al Código Penal, para castigar el feminicidio con penas de hasta cadena perpetua. Aseguró que en la anterior norma solo se sancionaba si la víctima había sido la cónyuge, conviviente o si estuvo ligada al autor por una relación análoga.
La reforma castigará el feminicidio perpetrado en diversos contextos: violencia familiar, coacción, hostigamiento o acoso sexual, abuso de poder, confianza o cualquier otra posición o relación que le confiera autoridad al victimario. También serán penadas cualquier forma de discriminación contra la mujer, independientemente de que exista cualquier relación interpersonal con el agresor.
Solórzano afirmó que con esta modificación se podría sancionar hasta con cadena perpetua al autor del delito, si es que además concurrieran dos o más agravantes.
Entre las agravantes se encuentran: si la víctima fuese menor de edad, se encontraba en estado de gestación o bajo el cuidado o responsabilidad del asesino; si fue sometida previamente a violación sexual, a un acto de mutilación, o padecía de cualquier tipo de discapacidad o en situación de vulnerabilidad.
La reincidencia en un delito de este tipo también es un agravante, y aumentaría la pena en no menos de dos tercios por encima del máximo legal fijado para el delito.