Miembros de la Policía y las Fuerzas Armadas ahora podrán usar armas no reglamentadas para cumplir sus funciones. (Edson Soares)

Miembros de la Policía y las Fuerzas Armadas ahora podrán usar armas no reglamentadas para cumplir sus funciones. (Edson Soares)

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Los policías y miembros de las Fuerzas Armadas que utilicen fuerza letal en el cumplimiento de su deber no podrán ser procesados si causan una lesión o muerte con armas no reglamentarias, según la nueva ley promulgada hoy por el jefe del Estado, Ollanta Humala, y el presidente del Consejo de Ministros, César Villanueva.

La Ley 30151, que salió publicada hoy en El Peruano, modifica el numeral 11 del artículo 20 del Código Penal, indicando que está exento de responsabilidad “el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, que en el cumplimiento de su deber y en uso de sus armas u otro medio de defensa, cause lesiones o muerte”.

Los integrantes de estos institutos ya eran inimputables en caso de causar la muerte o una lesión en el ejercicio de sus funciones o en caso de defensa propia, aunque solo si utilizaban el equipo reglamentado.

Esta norma cubre un vacío legal causado por el poco presupuesto de los organismos, en el cual algunos de sus miembros tienen que conseguir un arma propia que no está registrada como propiedad del Estado, aclaró el portal laley.pe.

Además, los efectivos podrán usar otros objetos como “armas impropias” en caso no cuenten en ese momento con su arma reglamentaria.

Entre los primeros en pronunciarse contra esta norma estuvo el líder del movimiento Tierra y Dignidad, Marco Arana, quien la criticó a través de Twitter calificándola de una forma “para dar mayor impunidad a policías en conflictos sociales.”


Mientras tanto, el legislador fujimorista Pedro Spadaro consideró que el proyecto de ley, aprobado por en una sesión plenaria en junio de 2013, “no es una carta blanca para que los policías maten a los ciudadanos ni mucho menos”, informó El Comercio.