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Los colegios deben respetar el derecho a la educación de los menores con discapacidad, de acuerdo a la norma que obliga a reservar dos vacantes por aula para estudiantes con discapacidad leve o moderada, recordó la Defensoría del Pueblo.
La Jefa del Programa de Defensa y Promoción de los Derechos de las Personas con Discapacidad, Malena Pineda, explicó que dicha norma establece estas obligaciones para las escuelas públicas y privadas.
“Los padres y las madres de estudiantes con discapacidad deben exigir el cumplimiento de las garantías señaladas en la ley, en aras de evitar tratos diferenciados o injustificados que vayan en contra del derecho a la educación de sus hijos, en igualdad de oportunidades y sin discriminación”, enfatizó la representante de la Defensoría del Pueblo.
En caso que se matriculen más de 10 alumnos con discapacidad en la escuela, debe garantizarse la disponibilidad de un docente especializado para la orientación y acompañamiento a los profesores, estudiantes y familias. La matrícula no está condicionada a la presentación de documentos o requisito alguno.
Asimismo, el director debe solicitar el respaldo del Servicio de Apoyo y Asesoramiento para la Atención de las Necesidades Educativas Especiales (SAANEE).
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