Se pide determinar muerte de 'Tito'. (Foto: USI)

Se pide determinar muerte de 'Tito'. (Foto: USI)

Síguenos en Facebook



La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) falló en contra del Estado del Perú en el caso Chavín de Huántar, pero su sentencia no implica reparaciones económicas a familiares de terroristas.

El ministro de Justicia, Gustavo Adrianzén, confirmó que recibió el documento sobre el proceso por supuestas ejecuciones extrajudiciales en la operación militar de 1997. En la línea de la posición del Gobierno, la Corte IDH no ordenó pagar dinero a los deudos de los miembros del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA) que tomaron rehenes en la residencia del embajador de Japón en diciembre de 1996.

“La sentencia estaría informando, en primer lugar, que no hay reparaciones económicas que pagar a nadie. La sentencia dice con toda claridad que el fallo constituye per se una forma de reparación”, manifestó.

ENLACE: Chavín de Huántar: cuestionan que Ollanta Humala rechace reparación

Adrianzén precisó que en las muertes de Herma Luz Meléndez Cueva y Víctor Salomón Peceros Pedraza, la resolución determina que no hay responsabilidades. Sin embargo, dispone aclarar cómo falleció el ‘Camarada Tito’.

Se establece responsabilidad parcial por parte del Estado peruano. En el caso del delincuente terrorista apodado ‘Tito’ debemos informar que se indica que el Estado peruano debe realizar las investigaciones que correspondan a fin de determinar las circunstancias de su muerte”, añadió.