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Entre 15 y 20 años de cárcel recibirá quien incurra en conspiración para el delito de terrorismo, según el Decreto Legislativo Nº 1233 aprobado por el Ejecutivo en el marco de las facultades que le otorgó por el Congreso sobre seguridad ciudadana.
La norma precisa que la conspiración para el delito de terrorismo será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de 15 años ni mayor de 20 años.
Ello incluye a todo aquel que participe en una conspiración para promover, favorecer o facilitar el delito de terrorismo, en cualquiera de sus modalidades.
Para ello, se incorpora el artículo 6-B al Decreto Ley N° 25475, que establece la penalidad para los delitos de terrorismo y procedimientos para la investigación, instrucción y el juicio.
El Decreto Legislativo Nº 1233 fue publicado hoy en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Dicha disposición lleva la rúbrica del Presidente Ollanta Humala Tasso; del jefe del Gabinete Ministerial, Pedro Cateriano; y de los titulares de Justicia, Gustavo Adrianzén, y del Interior, José Pérez Guadalupe.
Fuente: Andina
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