El descanso toral será de 98 días. (Foto: USI)

El descanso toral será de 98 días. (Foto: USI)

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El Ejecutivo promulgó hoy la norma que protege a las mujeres del despido arbitrario durante el período de embarazo y prolonga su descanso antes y después de alumbrar.

Si el despido ocurre en cualquier momento de la gestación, sus consecuencias y la lactancia, así como dentro de los 90 días posteriores al nacimiento, será nulo, ordena la ley 30367.

La disposición añade que si el empleador “no acredita en estos casos la existencia de causa justa para despedir”, se asumirá que el motivo fue el embarazo o sus consecuencias.

Asimismo, se indica que las trabajadoras gestantes tienen derecho de gozar de 49 días de descanso prenatal y 49 días de descanso posnatal. “El goce del descanso prenatal podrá ser diferido, parcial o totalmente, y acumulado por el posnatal, a decisión de la trabajadora gestante”, precisa el texto.

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Posted by La Prensa on miércoles, 25 de noviembre de 2015

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