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A través de la resolución 0012-2014, el Tribunal Constitucional (TC) ordenó que el Estado pague a los aportantes al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) inscritos hasta el 31 de agosto.
El colegiado precisó que el Poder Ejecutivo deberá recuperar o generar un fondo para devolver sus aportes a todos los fonavistas inscritos luego de la fecha prevista en un inicio.
Óscar Urviola, presidente del TC, señaló que esa resolución indica que no hay impedimento alguno para que el pago se realice a los aportantes que se registraron oportunamente hasta el 31 de agosto del presente año.
Asimismo, el tribunal declaró improcedente un pedido de aclaración presentado por el Congreso de la República e indicó que las listas para la inscripción de los fonavistas beneficiados no se cerraron al 31 de agosto.
“Debe procederse a pagar a aquellos aportantes que ya se han inscritos hasta el 31 de agosto de 2014, teniendo el Poder Ejecutivo que recuperar o generar un fondo para el pago a quienes se inscriban después”, precisó el TC.
Agregó que la devolución de los aportes puede extenderse más allá del año 2018, sin que ello comporte una violación de la Ley de devolución del Fonavi (ley 29625).