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Los funcionarios y servidores estatales nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276; así como los obreros permanentes y eventuales del sector público recibirán un aguinaldo de S/. 300 por Fiestas Patrias.
La asignación también la recibirán los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional; así como los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley N° 15117, Decretos Ley N° 19846 y N° 20530, Decreto Supremo N° 051-88-PCM y la Ley N° 28091.
El aguinaldo será abonado en la planilla de pagos del mes de julio.
Según el Decreto Supremo N° 163-2013-EF, tienen derecho a percibir los S/.300 quienes cumplan con haber estado trabajando al 30 de junio del año en curso o en uso de sus vacaciones, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.
Asimismo, también recibirán la gratificación los empleados con una antigüedad no menor de tres meses al 30 de junio, caso contrario se les abonará en forma proporcional a los meses trabajados.
El dispositivo también incluye a los internos de Medicina Humana y Odontología, quienes recibirán un aguinaldo de S/.100.
El decreto lleva la firma del presidente Ollanta Humala y del ministro de Economía, Luis Castilla.