La Molina regula terrenos sin construir o con edificaciones paralizadas
Los propietarios de terrenos sin construir o que tengan edificaciones paralizadas en La Molina deberán limpiar y cercar dichos predios, según dispuso el alcalde distrital Juan Carlos Zurek, a través de una ordenanza edil.
De acuerdo con la disposición, el cerco de los terrenos deberá tener una altura de tres metros y el espacio no podrá usarse para actividades comerciales. Para construir el cerco, los propietarios deberán solicitar una licencia de edificación de acuerdo al tipo de predio.
En el caso de terrenos sin construir, deberá utilizarse un cerco de ladrillo sin puerta de acceso; sin embargo, cuando se requiera abrir para realizar una limpieza, deberá comunicarse a la comuna.
En el caso de construcciones paralizadas, éstas podrán contar con una puerta de acceso por motivos de seguridad, limpieza o vigilancia particular, mientras que de comprobarse el estado de abandono de un terreno, la municipalidad ordena el cerco total del predio.
Asimismo, se dio a conocer que los diferentes terrenos deben estar en buen estado de limpieza, libre de residuos orgánicos y de desmonte, para evitar focos infecciosos que puedan perjudicar la salud de los vecinos del distrito.
Finalmente, la misma norma detalla que quienes arrojen maleza, desmonte, materiales de construcción o residuos sólidos en terrenos sin construir, con construcción paralizada o en estado de abandono, pagarán una multa de 1, 925 soles.
Fuente: Andina