Locales que no cumplan ‘ley seca’ serán multados con S/.2.250
Multas de S/. 2.250 se impondrá a los propietarios de establecimientos destinados a la venta exclusiva de bebidas alcohólicas que infrinjan la ‘ley seca’, norma que rige desde hoy hasta el lunes, recordaron voceros del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Jessica Clavijo, del Departamento de Fiscalización del JNE, explicó que esta multa está contemplada en el artículo 390 de la Ley Orgánica de Elecciones. La sanción se impone a quien haga funcionar el establecimiento comercial o a quienes organicen espectáculos o reuniones prohibidas por ley en estas fechas.
La ‘ley seca’, que ha reducido su tiempo de vigencia, se inició a las 8 am de hoy sábado y culminará a la misma hora del lunes 6 de octubre, un día después de las elecciones. Anteriormente, se iniciaba el viernes previo a las elecciones, pero esto generaba pérdidas económicas para algunos sectores comerciales.
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Clavijo recordó que los fiscalizadores del JNE acuden a las licorerías, restaurantes, bares, etcétera, acompañados de fiscales y personal de la Policía Nacional, a fin de hacer cumplir la norma. Los encargados de imponer las sanciones pecuniarias son los municipios de cada jurisdicción.
Explicó que además de la multa, los establecimientos infractores también pueden ser cerrados. La norma igualmente contempla como sanción la pena privativa de la libertad no mayor de seis meses. Al respecto, la funcionaria dijo que esto no siempre se cumple, pero genera antecedentes penales en el infractor.
Añadió que los 7.500 fiscalizadores realizarán operativos desde el sábado 4 con el fin comprobar el cumplimiento de la medida.
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