Cabecillas terroristas no saldrán de la Base Naval del Callao
El Tribunal Constitucional (TC) rechazó hoy la solicitud que presentaron cuatro cabecillas terroristas para ser trasladados de la Base Naval del Callao –donde se encuentran recluidos– a un penal para reos comunes. Esta es la instancia definitiva de la petición.
¿Quiénes presentaron el recurso al Poder Judicial? Óscar Ramírez Durand, alias ‘Feliciano’, cabecilla de Sendero Luminoso; Víctor Polay Campos, principal cabecilla del MRTA; Miguel Rincón Rincón, quien sucedió a Polay tras su captura; y Peter Cárdenas, miembro del MRTA y parte de su escuadrón de aniquilamiento.
La defensa de los terroristas presentó un hábeas corpus debido a que –a su juicio– la Base Naval no cuenta con condiciones adecuadas para su reclusión. Por ello, la Quinta Sala Penal para Reos Libres ordenó que estos sean recluidos en otras cárceles.
El Instituto Nacional Penitenciario (INPE) presentó un recurso de agravio para dejar sin efecto la sentencia de la sala. “El TC ha determinado que dicho centro penitenciario constituye un establecimiento penal común y no uno militar, por lo que sobre dicho extremo de la demanda hay cosa juzgada”, señala la nueva sentencia.
¿Qué dice el fallo?
El TC también precisó que el régimen de estos internos no puede variar, por lo que solo recibirán visitas de parientes hasta el segundo grado consanguineidad y de terceros solo si es aprobado por un comité. Los subversivos habían pedido que se flexibilice esta condición.
“Se justifican en la medida de la alta peligrosidad de los internos y que a su vez dichas restricciones no son de tal magnitud que anulen por completo el ejercicio de este derecho”, argumentaron los magistrados.
De otro lado, el TC decretó que los reos tienen derecho a recibir educación en el penal, por lo que ordenó al Poder Judicial “se modifique el reglamento a fin de que, de modo acorde con las condiciones de máxima seguridad, se permita estudiar a los internos dentro del centro penitenciario”.