Multas de S/.76.000 para quienes no faciliten acceso de discapacitados a edificios

La norma promueve el seguro universal para esta población. (Foto: USI)

Las autoridades que no cumplan con facilitar el acceso en edificios y medios de transporte a personas discapacitadas serán sancionadas con multas de hasta S/.76.000. Así lo dispuso el reglamento de la Ley General de la Persona con Discapacidad.

Uno de los puntos más importantes de la norma es la disposición de que las entidades públicas están obligadas a contratar no menos del 5% de trabajadores con discapacidad del total de su planilla.

Asimismo, recibirán la multa quienes no permiten a esta población acceder a las tecnologías de la información, a la justicia, a los servicios médicos y de rehabilitación, así como al aseguramiento universal en salud.

El Ejecutivo publicó hoy en El Peruano el reglamento de la norma N° 29973, que establece beneficios para este sector en educación, salud, recreación, entre otros.

En cuanto a quienes sufren una discapacidad y cumplen labores civiles en las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, serán bonificados con el 15% sobre el puntaje final aprobatorio obtenido en el proceso de evaluación.

“Esto significa un avance normativo que consolida la política de inclusión social del actual gobierno y abre nuevos caminos a la igualdad de oportunidades que venían esperando las personas con discapacidad”, destacó a Andina la ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Carmen Omonte.

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