Fotopapeletas en Lima: ¿Los conductores multados hasta el lunes 23 deben pagar?
Los conductores de vehículos en Lima que fueron sancionados por exceder el límite de velocidad en las calles de la capital deberán pagar las multas. Ello pese a que el Ministerio del Interior postergó la aplicación de estas sanciones tras quejas de los usuarios y diversas organizaciones.
En diálogo con la prensa, la gerente de Operaciones Especiales del Servicio de Administración Tributaria (SAT), Katia Núñez, precisó que las deudas adquiridas deberán pagarse salvo que los afectados tengan una “acusación objetiva” contra la aplicación de la sanción.
“La acusación debe ser objetiva: que la placa no coincida, se vea muy borrosa o que características del vehículo no sean las mismas. Ninguna otra queja deja infundada la multa, pues el cinemómetro (dispositivo aplicado para tomar las fotografías a los vehículos) demuestra la variación de velocidad”, señaló Núñez a América Televisión.
En Canal N, Núñez agregó que los sancionados no pueden reclamar sobre la imposición de las sanciones, debido a que “no hay forma de desvirtuar” que excedieron la velocidad indicada en las vías. “La toma (de la foto) es la prueba máxima”, resaltó.
La multa por exceso de velocidad es de S/.444, es decir, 12% de la unidad impositiva tributaria (UIT). Llama la atención que los cinemómetros (medidores de velocidad) se encuentren en zonas residenciales de la capital y no en vías de alto tránsito, como la avenida Abancay, Arequipa o Tomás Marsano.