Empleados del sector público recibirán S/.300 de aguinaldo en Fiestas Patrias
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó hoy el Decreto Supremo 193-2014, que fija hasta en S/.300 el aguinaldo por Fiestas Patrias que se abonará en la planilla de pago del mes de julio a los trabajadores del sector público.
La norma detalla que el aguinaldo se otorgará a los funcionarios y servidores nombrados y contratados del régimen del Decreto Legislativo 276 y la Ley 29944; a los obreros permanentes y eventuales del sector público, al personal de las Fuerzas Armadas y Policiales, así como a los pensionistas de la Ley 15117, de los Decretos Leyes 19846 y 20530, el Decreto Supremo 051-88-PCM, y la Ley 28091.
Este aguinaldo se financia con cargo a los créditos presupuestarios asignados en el presupuesto institucional de las entidades públicas, añade el decreto publicado hoy en la separata de normas legales del diario oficial El Peruano.
Los requisitos para percibir este pago son haber estado laborando al 30 de junio del presente año, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.
Asimismo, contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses al 30 de junio del presente año. Si no contara con el referido tiempo, el aguinaldo se abona en forma proporcional a los meses laborados.
El decreto hace precisiones para el caso del aguinaldo para el magisterio nacional y para los docentes que laboren en jornada parcial o incompleta, mientras que en el caso de los internos de Medicina Humana y Odontología se especifica que el aguinaldo será la suma de cien soles.
Se indica que los trabajadores del sector público que se encuentran bajo el régimen laboral de la actividad privada se sujetan a lo establecido por la Ley Nº 27735, Ley que regula el otorgamiento de las gratificaciones para los trabajadores del régimen de la actividad privada por Fiestas Patrias y Navidad.
Fuente: Andina.