Contribuyentes podrán solicitar devolución del impuesto a la renta 2012 por Internet
Como en años anteriores, los contribuyentes también podrán solicitar la devolución del impuesto a la renta correspondiente al 2012 a través de la web de La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
Esta disposición está dirigida para las personas naturales que alquilen bienes muebles e inmuebles, perciban ganancias de capital por acciones o valores, primera y segunda categoría respectivamente; así como para los que perciben rentas de trabajo por su labor independiente correspondiente a la cuarta categoría y/o rentas de fuente extranjera.
Ellos podrán disponer de esta facilidad, presentando previamente a través de Sunat virtual su declaración jurada anual del impuesto a la renta 2012, utilizando el Programa de Declaración Telemática (PDT) N° 681 o el Formulario Virtual N° 681, más conocido como declaración simplificada, que estará disponible a partir de 15 de febrero.
Para ello, el contribuyente deberá utilizar el formulario virtual N° 1649 disponible en www.sunat.gob.pe, según lo establece la resolución de Superintendencia N° 035-2013/SUNAT, publicada el 31 de enero último en el diario oficial El Peruano.