Correos electrónicos y celulares son prueba de vínculo laboral directo

(Foto: Plan de Alfabetizazión Tecnológica de Extremadura)

¿Sabías que desde ahora los correos electrónicos y los teléfonos celulares son pruebas de que existe una relación laboral directa entre una empresa y una persona? El Tribunal Constitucional (TC) emitió un fallo que sienta un precedente respecto del vínculo compañía–trabajador.

Esto permitirá desde ahora precisar si los empleados se encuentran bajo un régimen directo o si situación laboral está tercerizada. En el caso de la correspondencia electrónica, si un e–mail contiene información sobre turnos, actividades o funciones específicas, esto es prueba suficiente para constatar el vínculo directo.

En tanto, si una empresa otorga a una persona un teléfono celular –cuyos costos asume la compañía y no el colaborador– esto confirma la relación laboral directa, pues el equipo es considerado una herramienta de trabajo, consignó un informe del diario Gestión.

¿Por qué es importante este cambio en el TC? El abogado laboralista Jorge Toyama explicó al referido diario que esto confirma expresamente que las empresas no pueden tratar a los trabajadores que no se encuentran en sus planillas –aunque estos pertenezcan a otras compañías con las que tengan relaciones– como si fueran suyos.

El experto destacó también que los servicios de tercerización tienen tres pilares que no pueden infringirse. El primero es que la empresa debe tener recursos propios; el segundo, que exista “subordinación exclusiva de los trabajadores o autonomía frente a la compañía principal (en caso de que ellos pertenezcan a una compañía que le brinda servicios a este)”; y el último, que haya “procesos separados e independientes”.

¿Y quienes trabajan con recibos por honorarios?
Para establecer con claridad su situación, la Corte Suprema dictaminó que los empleados que utilizan recibos por honorarios, pero que realmente cumplen labores de personal estable, deben ser repuestos de forma más rápida en caso de ser echado sin un acuerdo expreso entre las partes o sin justificación.

Con la antigua norma, las personas debían demostrar el vínculo laboral existente y su condición de estabilidad. Se calcula que ahora la reposición estará lista, en Lima, en unos ocho meses.

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