(Foto: Andina)

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Los trabajadores podrán retirar libremente el 100% del excedente de las cuatro últimas remuneraciones de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), según establece la Ley 30334 y que además instaura las medidas para dinamizar la economía en el 2015.

Dicha norma autoriza a los trabajadores comprendidos dentro de los alcances del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, a disponer libremente del 100% del excedente de cuatro remuneraciones brutas que tengan acumuladas a la fecha de disposición.

“Para tal efecto, se considerará el monto de la última remuneración y corresponderá a los empleadores comunicar a las instituciones financieras la cifra intangible de cada trabajador”, refiere la disposición, que entrará en vigencia desde el jueves.

Asimismo, fija que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) será el encargado de fiscalizar el cumplimiento de la presente norma.

De igual modo, el reglamento podrá implementar otros procedimientos alternativos de comunicación del monto de la última remuneración del trabajador a las instituciones financieras.

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BANDA DE PRECIOS

Por otro lado, se modifican también los artículos 1 y 2 del Decreto de Urgencia 001-2015, que dispone medidas excepcionales para la actualización de la banda de precios de combustibles comprendidos en el Fondo para la Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo.

En tal sentido, dispone que la actualización de banda de precios estará vigente hasta diciembre del 2016; además, que las actualizaciones se efectuarán el último jueves de cada mes del 2015 y 2016.

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