(Foto: USI)

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Las penas para quienes utilicen a menores de edad o personas con problemas mentales en delitos serán aumentadas, incluso hasta duplicadas. La medida se incorporó al Código Penal en el artículo 46-D.

La norma se publicó en el diario oficial El Peruano con la firma del presidente Ollanta Humala. Se detalla que en estos casos el juez puede aumentar la pena hasta en un tercio del máximo fijado.

En caso que el delincuente sea pariente del menor o tenga un cargo de responsabilidad sobre él, el magistrado puede elevar la pena hasta en la mitad. Si ejerce la patria potestad, le suspenderán esa condición.

Si durante el delito o como consecuencia del hecho el menor sufre lesiones, incapacidad permanente o muerte, la pena para éste puede llegar a ser el doble del máximo legal.