Foto referencial. (USI)

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Una norma promulgada por el Congreso de la República dispone que todos los trabajadores de la actividad pública o privada que tengan algún familiar directo diagnosticado en estado grave o que sufra un accidente que pongan en riesgo su vida, tendrán derecho a una licencia de siete días con goce de haber.

En caso se necesiten más días de licencia, estos serán concedidos por un lapso adicional no mayor de 30 días, y serán descontados de las vacaciones.

Si un empleedo desea obtener este beneficio deberá comunicar al empleador dentro de las 48 horas de producido o conocido el suceso. Todo esto, adjuntando el certificado médico suscrito por el profesional de la salud autorizado, con el que se acredite el estado grave del familiar directo.