Hay miles de casos sin resolver de desapariciones forzadas en México. (Foto: EFE)

Hay miles de casos sin resolver de desapariciones forzadas en México. (Foto: EFE)

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Naciones Unidas, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y Amnistía Internacional celebraron que el Senado de México aprobara hoy la Ley General de Desaparición Forzada y Desaparición por Particulares.

La Oficina en México del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) reconoció este jueves en un comunicado que la ley “posee avances para enfrentar uno de los problemas más doloroso, urgente y complejo que enfrenta el Estado mexicano”.

Dichos avances responden a varias recomendaciones de organismos internacionales, incluidas las del alto comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Zeid Ra’ad Al Hussein, con motivo de su visita al país en octubre de 2015, precisó la ONU-DH.

La CNDH expresó en un comunicado su beneplácito por la aprobación del Senado de esta ley y afirmó “que resulta de gran importancia para erradicar esa nociva práctica que es incompatible con los derechos humanos” en México.

El proyecto de ley, que lleva dos años discutiéndose en el Legislativo con la colaboración de familiares de desaparecidos y asociaciones civiles, fue enviado a la Cámara de Diputados para su discusión y aprobación.

De no ser aprobada esta semana antes de que acabe el periodo legislativo, los diputados de México tendrán que aplazarla hasta el mes de septiembre, cuando comience el próximo periodo.

En ese sentido, Amnistía Internacional (AI) precisó en un comunicado que la ley “puede constituir un avance para hacer frente a la crisis de derechos humanos que enfrenta el país. Ahora sólo falta la aprobación de la Cámara de Diputados para que el proyecto de ley pueda avanzar con firmeza a ser una realidad”.

“La aprobación definitiva del proyecto de ley es decisivo para poner fin a la pesadilla que día a día viven miles de familias que buscan a sus seres queridos, enfrentando enormes riesgos y haciendo labores que corresponden a las autoridades públicas”, manifestó la directora para las Américas de AI, Erika Guevara-Rosas.

Asimismo, la ONU-DH “lamenta que no se haya logrado un consenso en el Senado entre las autoridades, los colectivos de víctimas y quienes les acompañamos en el apartado de búsqueda de personas, especialmente en relación a las facultades y recursos de la Comisión Nacional de Búsqueda”.

La ley establece un tipo penal de desaparición forzada acorde a los estándares internacionales, reconoce el carácter permanente de la conducta, le confiere el carácter de imprescriptible y determina un régimen de sanciones agravadas en determinados supuestos, así como incentivos para dar con el destino de las personas desaparecidas en México y los responsables.

Además, la legislación plasma la obligación del Estado de buscar a toda persona cuyo paradero se desconozca y establece un Sistema Nacional de Búsqueda, una Comisión Nacional de Búsqueda y Comisiones Locales de Búsqueda.

Estos tres órganos cuales operarán con una serie de herramientas y plataformas de información, como son los registros nacionales de personas desaparecidas, personas fallecidas no identificadas y fosas.

Además, se crean los programas nacionales de búsqueda y exhumaciones y se adopta un enfoque diferenciado para responder a determinadas personas, como migrantes, niñas, niños y adolescentes, y a las víctimas de desaparición forzada ocurridas en México en el contexto de la guerra sucia (represión militar y política encaminadas a disolver a los movimientos de oposición contra el Estado mexicano).

La ley también regula la declaración de ausencia y refuerza el derecho a la reparación de las víctimas.

De acuerdo con datos del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas, actualmente en México hay 30.973 personas de quienes se desconoce su paradero.

Fuente: EFE